Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 20 de octubre de 2011 — AlfastarBenelux/Consejo
(Asunto T‑57/09)
«Contratos públicos de servicios — Procedimiento de licitación — Prestación de servicios relativos al mantenimiento técnico y a los servicios de asistencia y de intervención sobre el terreno para ordenadores personales, impresoras y periféricos de la Secretaría General del Consejo — Desestimación de la oferta de un licitador — Obligación de motivación»
1.Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de desestimar una oferta en un procedimiento de adjudicación de un contrato público de servicios — Apreciación en función de los datos de que dispone la demandante en el momento de interponer el recurso — Falta de comunicación de las ventajas relativas de la oferta seleccionada — Motivación insuficiente [Art.253CE; Reglamento (CE, Euratom) nº1605/2002 del Consejo, art.100, ap.2; Reglamento (CE, Euratom) nº2342/2002 de la Comisión, art.149, ap.3] (véanse los apartados 24 a 29 y 36 a43)
2.Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Ilicitud — Perjuicio — Relación de causalidad — Anulación, por defecto de motivación, de una decisión del Consejo por la que se desestima una oferta en un procedimiento de adjudicación de un contrato público de servicios — Realidad de la ilegalidad y de la relación de causalidad que depende del análisis de los motivos de recurso que se formulen contra la decisión que sustituya a la decisión anulada — Carácter prematuro de la pretensión de indemnización (Art.288CE, párr.2) (véanse los apartados 45 a53)
Objeto
Por una parte, una pretensión de anulación de la decisión del Consejo de 1 de diciembre de 2008, por la que se desestima la oferta presentada por la agrupación de empresas Alfastar-Siemens, compuesta por Alfastar Benelux y Siemens IT Solutions and Services SA, en el marco del procedimiento de licitación UCA‑218‑07 relativo al mantenimiento técnico y a los servicios de asistencia y de intervención sobre el terreno para ordenadores personales, impresoras y periféricos de la Secretaría General del Consejo (DO 2008/S91-122796), y se adjudica el contrato a otro licitador y, por otra parte, una pretensión de indemnización de daños y perjuicios. |
Fallo
1) |
| Anular la decisión del Consejo de 1 de diciembre de 2008 por la que se desestima la oferta presentada por la agrupación de empresas integrada por Alfastar Benelux y Siemens IT Solutions and Services SA, en el marco del procedimiento de licitación UCA-218-07 relativo al mantenimiento técnico y a los servicios de asistencia y de intervención sobre el terreno para ordenadores personales, impresoras y periféricos de la Secretaría General del Consejo, y se adjudica el contrato a otro licitador. |
2) |
| Desestimar la pretensión de indemnización. |
3) |
| Condenar en costas al Consejo de la Unión Europea. |