Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 23 de noviembre de 2011 — Jones y otros/Comisión
(Asunto T‑320/07)
«Tratado CECA — Suministro de carbón destinado a la industria de producción de electricidad del Reino Unido — Desestimación de una denuncia que alega la aplicación de precios de compra discriminatorios — Competencia de la Comisión para aplicar el artículo 4CA, letrab), tras la expiración del Tratado CECA, basándose en el Reglamento (CE) nº1/2003 — Apreciación del interés comunitario — Obligaciones en materia de instrucción de una denuncia — Error manifiesto de apreciación»
1.Procedimiento — Representación de las partes — Mandato ad litem — Precisión exigida (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.44, ap.5) (véanse los apartados 52 a59)
2.Procedimiento — Escrito de réplica — Requisitos de forma — Firma de un abogado — Réplica que contiene escritos redactados por los denunciantes, sin la asistencia de un abogado, y presentados directamente por éstos ante el Tribunal General — Escritos refrendados ulteriormente por un abogado — Inadmisibilidad (Estatuto del Tribunal de Justicia, art.19, párrs.3 y 4; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.43, ap.1) (véanse los apartados 63 a68)
3.Competencia — Procedimiento administrativo — Examen de las denuncias — Consideración del interés comunitario en investigar un asunto — Criterios de apreciación — Facultad de apreciación de la Comisión — Límites — Control jurisdiccional (Arts.81CE y 82CE; Comunicación 2004/C101/05 de la Comisión) (véanse los apartados 73 a75)
4.CECA — Disposiciones relativas a las discriminaciones respecto al precio y las demás condiciones de compra — Artículo 4, letrab) — Ámbito de aplicación temporal — Aplicación autónoma a partir de la expiración del Tratado CECA — Efecto directo [Arts.4CA, letrab), y 63CA, ap.1; arts.81CE y 82CE; Reglamentos del Consejo nº17 y (CE) nº1/2003] (véanse los apartados 84 a90)
5.Competencia — Procedimiento administrativo — Examen de las denuncias — Decisión de archivo motivada por la posibilidad abierta al denunciante de dirigirse al juez nacional — Legalidad — Requisitos (Arts.81CE y 82CE) (véanse los apartados 92 a94)
6.Competencia — Procedimiento administrativo — Examen de las denuncias — Apreciación del interés comunitario vinculado a la investigación de un asunto — Consideración del cese de las prácticas denunciadas — Requisitos (Arts.81CE y 82CE; Comunicación 2004/C101/05 de la Comisión) (véase el apartado98)
7.Competencia — Procedimiento administrativo — Examen de las denuncias — Obligación de llevar a cabo una investigación y de pronunciarse mediante decisión sobre la existencia de una infracción — Inexistencia [Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo; Reglamento (CE) nº773/2004 de la Comisión] (véanse los apartados 112 a116)
8.Procedimiento — Costas — Condena de la parte vencedora a cargar con sus propias costas y con las de los demandantes (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.87, aps.3 y 4) (véanse los apartados 154 a158)
Objeto
Recurso de anulación de la Decisión SG-Greffe (2007) D/203626 de la Comisión, de 18 de junio de 2007, de aplicación del artículo 7 del Reglamento (CE) nº773/2004 de la Comisión, de 7 de abril de 2004, relativo al desarrollo de los procedimiento de la Comisión con arreglo a los artículos 81[CE] y 82[CE] (DO L123, p.18), por la que se desestima la denuncia de las demandantes relativa a infracciones del Tratado CECA (asunto COMP/37.037-SWSMA). |
Fallo:
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| La Comisión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las costas del Sr.Glen Jones y de la Sra.Daphne Jones, así como con las de Fforch-Y-Garaon Coal Co.Ltd. |
3) |
| 3) El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, E.ON UK plc e International Power plc cargarán cada uno con sus propias costas. |