(Asunto C‑319/09
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑319/09

Fecha: 21-Dic-2011





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 21 de diciembre de 2011 — ACEA/Comisión

(Asunto C‑319/09P)

«Recurso de casación — Ayudas de Estado — Régimen de ayudas concedidas a empresas de servicios públicos — Exenciones fiscales — Decisión por la que se declara la incompatibilidad del régimen de ayudas con el mercado común — Recurso de anulación — Admisibilidad — Legitimación — Interés en ejercitar la acción — Artículo 87CE — Concepto de “ayuda” — Artículo 88CE — Concepto de “ayuda nueva” — Reglamento (CE) nº659/1999 — Artículos 1 y 14 — Legalidad de una orden de recuperación — Obligación de motivación»

1.Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Decisión de la Comisión por la que se prohíbe un régimen de ayudas sectorial — Recurso de una empresa que obtuvo una ayuda individual concedida con arreglo a dicho régimen y que debe recuperarse — Admisibilidad (Art.230CE, párr.4) (véanse los apartados 54 a59)

2.Recurso de anulación — Interés en ejercitar la acción — Requisito — Recurso que puede reportar un beneficio a la parte que lo interpone — Decisión de la Comisión en materia de recuperación de ayudas de Estado (véanse los apartados 67 a69)

3.Recurso de casación — Motivos — Motivación insuficiente — Motivación implícita del Tribunal General — Procedencia — Requisitos (Art.225CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.36 y 53, párr.1) (véase el apartado82)

4.Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.225CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véanse los apartados 114 a116)

5.Recurso de casación — Motivos — Motivo formulado contra un fundamento de Derecho de la sentencia que no es necesario para justificar el fallo — Motivo inoperante (véase el apartado120)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava ampliada) de 11 de junio de 2009, ACEA/Comisión (T‑297/02), mediante la cual el Tribunal de Primera Instancia desestimó un recurso de anulación de los artículos 2 y 3 de la Decisión 2003/193/CE de la Comisión, de 5 de junio de 2002, relativa a la ayuda estatal a las exenciones fiscales y préstamos privilegiados concedidos por Italia a empresas de servicios con accionariado mayoritariamente público (DO 2003, L77, p.21).

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación y la adhesión a la casación.

2)

Condenar a ACEA SpA al pago de las costas correspondientes al recurso de casación.

3)

Condenar a la Comisión Europea al pago de las costas correspondientes a la adhesión a la casación.

4)

Iride SpA cargará con sus propias costas.

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