(Asunto C‑320/09
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑320/09

Fecha: 21-Dic-2011





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 21 de diciembre de 2011 — A2A, anteriormente AEM/Comisión

(Asunto C‑320/09P)

«Recurso de casación — Ayudas de Estado — Régimen de ayudas concedidas a empresas de servicios públicos — Exenciones fiscales — Decisión por la que se declara la incompatibilidad del régimen de ayudas con el mercado común — Recurso de anulación — Admisibilidad — Legitimación — Interés en ejercitar la acción — Artículo 87CE — Concepto de “ayuda” — Artículo 88CE — Concepto de “ayuda nueva” — Artículo 10CE — Obligación de cooperación leal — Reglamento (CE) nº659/1999 — Artículos 1 y 14 — Legalidad de una orden de recuperación — Principio de seguridad jurídica — Obligación de motivación»

1.Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Decisión de la Comisión por la que se prohíbe un régimen de ayudas sectorial — Recurso de una empresa que obtuvo una ayuda individual concedida con arreglo a dicho régimen y que debe recuperarse — Admisibilidad (Art.230CE, párr.4) (véanse los apartados 55 a60)

2.Recurso de anulación — Interés en ejercitar la acción — Requisito — Recurso que puede reportar un beneficio a la parte que lo interpone — Decisión de la Comisión en materia de recuperación de ayudas de Estado (véanse los apartados 68 a70)

3.Recurso de casación — Motivos — Motivación insuficiente — Motivación implícita del Tribunal General — Procedencia — Requisitos (Art.225CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.36 y 53, párr.1) (véase el apartado97)

4.Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.225CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véanse los apartados 103 a105)

5.Recurso de casación — Motivos — Motivo formulado contra un fundamento de Derecho de la sentencia que no es necesario para justificar el fallo — Motivo inoperante (véase el apartado109)

6.Recurso de casación — Motivos — Desnaturalización del Derecho nacional utilizado como prueba — Admisibilidad (Art.225CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.51, párr.1) (véase el apartado125)

7.Recurso de casación — Motivos — Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación — Inadmisibilidad (Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.42, ap.2, y118) (véase el apartado131)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava ampliada) de 11 de junio de 2009, AEM/Comisión (T‑301/02), mediante la cual el Tribunal de Primera Instancia desestimó un recurso de anulación de los artículos 2 y 3 de la Decisión 2003/193/CE de la Comisión, de 5 de junio de 2002, relativa a la ayuda estatal a las exenciones fiscales y préstamos privilegiados concedidos por Italia a empresas de servicios con accionariado mayoritariamente público (DO 2003, L 77, p.21).

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación principal y la adhesión a la casación.

2)

Condenar a A2A SpA al pago de las costas correspondientes al recurso de casación principal.

3)

Condenar a la Comisión Europea al pago de las costas correspondientes a la adhesión a la casación.

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