(Asunto T‑486/07
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑486/07

Fecha: 22-Mar-2011





Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 22 de marzo de 2011 — FordMotor/OAMI — Alkar Automotive(CA)

(Asunto T‑486/07)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativaCA — Marcas comunitarias denominativa y figurativa anterioresKA — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009]»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 27 y92)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 25 de octubre de 2007 (asunto R85/2006 4) relativa a un procedimiento de oposición entre Ford Motor Company y Alkar Automotive,SA.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Alkar Automotive,SA

Marca comunitaria solicitada:

Marca figurativa CA, que designa en particular productos de las clases 9, 11 y12 — Solicitud de registro nº3.186.764

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

Ford Motor Company

Marca o signo invocados en oposición:

Marcas comunitarias denominativas y figurativas KA para productos y servicios de las clases 9, 12, 14, 16, 18, 20, 21, 27, 32 y37

Resolución de la División de Oposición:

Desestimación de la oposición en su totalidad.

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso.


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Ford Motor Company.

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