(Asunto T‑503/09
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑503/09

Fecha: 24-Mar-2011





Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 24 de marzo de2011 — Cybergun/OAMI — Umarex Sportwaffen (AK47)

(Asunto T‑503/09)

«Marca comunitaria — Procedimiento de nulidad — Marca comunitaria denominativa AK47 — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letrac), y artículo 52, apartado 1, letraa), del Reglamento (CE) nº207/2009»

Marca comunitaria — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta — Registro contrario al artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento (CE) nº207/2009 [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, arts.7, ap.1, letrac), y 52, ap.1, letraa)] (véanse los apartados 18 y 23a29)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 8 de octubre de 2009 (asunto R645/2008-1) relativa a un procedimiento de nulidad entre Umarex Sportwaffen GmbH & Co. KG y CybergumSA.

Datos relativos al asunto

Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad:

Marca denominativa AK47, para productos y servicios de las clases 9, 28 y38 — Marca comunitaria nº3.249.381

Titular de la marca comunitaria:

Cybergun SA

Parte que solicita la nulidad de la marca comunitaria:

Umarex Sportwaffen GmbH & Co.KG

Resolución de la División de Anulación:

Denegación de la solicitud de declaración de nulidad de la marca de que se trata

Resolución de la Sala de Recurso:

Anulación de la resolución de la División de Anulación y declaración de nulidad de la marca comunitaria


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a CybergunSA.

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