AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA
de 9 de marzo de 2011(*)
«Archivo»
En el asunto C‑517/10,
que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267TFUE, por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, mediante auto de 21 de octubre de 2010, recibido en el Tribunal de Justicia el 2 de noviembre de 2010, en el procedimiento entre
María Luisa Gómez Cueto
y
Administración del Estado,
EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA,
oída la Abogado General, Sra. E.Sharpston;
dicta el siguiente
Auto
1Mediante escrito de 5 de enero de 2011, la Secretaría del Tribunal de Justicia notificó al órgano jurisdiccional remitente la sentencia dictada el 22 de diciembre de 2010 en los asuntos acumulados C‑444/09 y C‑456/09, Gavieiro Gavieiro e Iglesias Torres (aún no publicada en la Recopilación), invitándole a que indicara si, a la luz de dicha sentencia, deseaba mantener su petición de decisión prejudicial.
2Mediante escrito de 14 de febrero de 2011, recibido en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 22 de febrero, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias informó al Tribunal de Justicia de que retiraba su petición de decisión prejudicial.
3En estas circunstancias, procede archivar el presente asunto, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal de Justicia.
4Dado que el procedimiento tiene, para las partes del litigio principal, el carácter de un incidente promovido ante el órgano jurisdiccional nacional, corresponde a éste resolver sobre las costas.
En virtud de todo lo expuesto, el Presidente del Tribunal de Justicia resuelve:
Archivar el asunto C‑517/10, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal de Justicia.
Dictado en Luxemburgo, a 9 de marzo de2011.
El Secretario | El Presidente |
A. Calot Escobar | V. Skouris |
* Lengua de procedimiento: español.