Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 7 de abril de 2011 — Comisión/Irlanda
(Asunto C‑431/10)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 2005/85/CE — Derecho de asilo — Procedimiento para conceder o retirar la condición de refugiado — Normas mínimas — No transposición completa dentro del plazo señalado»
Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.258TFUE; Directiva 2005/85/CE del Consejo) (véanse los apartados 10 a15)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para cumplir lo dispuesto en la Directiva 2005/85/CE del Consejo, de 1 de diciembre de 2005, sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado (DO L326, p.13). |
Fallo
1) |
| Declarar que Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 43 de la Directiva 2005/85/CE del Consejo, de 1 de diciembre de 2005, sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha Directiva. |
2) |
| Condenar en costas a Irlanda. |