Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 24 de mayo de 2011 — Euro‑Information/OAMI (EURO AUTOMATIC CASH)
(Asunto T‑392/10)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa EURO AUTOMATIC CASH — Motivos de denegación absolutos — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento (CE) nº207/2009»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véase el apartado59)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 17 de junio de 2010 (asunto R892/2010-2) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo EURO AUTOMATIC CASH como marca comunitaria. |
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria: | Euro-Information — Européenne de traitement de l’information |
Marca comunitaria solicitada: | Marca denominativa EURO AUTOMATIC CASH para productos y servicios de las clases 9, 35 a 38 y42 — Solicitud de registro nº4.114.864 |
Resolución del examinador: | Denegación del registro |
Resolución de la Sala de Recurso: | Anulación parcial de la resolución del examinador; denegación parcial del registro de la marca solicitada; resolución adoptada a raíz de la sentencia del Tribunal General de 9 de marzo de 2010, Euro-Information/OAMI (EURO AUTOMATIC CASH) (T‑15/09, no publicada en la Recopilación) |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a Euro-Information — Européenne de traitement de l’information. |