Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 28 de junio de 2011 — ATB Norte/OAMI — Bricocenter Italia (maxi BRICO CENTER)
(Asunto T‑481/09)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa maxi BRICO CENTER — Marcas comunitarias figurativas anteriores ATB CENTROS DE BRICOLAGE Brico Centro y CENTROS DE BRICOLAGE BricoCentro — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 25, 33, 34, 57, 66 y67)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución adoptada por la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI el 28 de septiembre de 2009 (asunto R1046/2008‑4) en un procedimiento de oposición sustanciado entre ATB Norte, S.L., y Bricocenter ItaliaSrl. |
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria: | Bricocenter ItaliaSrl |
Marca comunitaria solicitada: | Marca figurativa maxi BRICO CENTER, para servicios de la clase35 — Solicitud de registro nº4.939.005 |
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: | ATB Norte,S.L. |
Marca o signo invocados en oposición: | Marcas comunitarias figurativas anteriores ATB CENTROS DE BRICOLAGE Brico Centro (nº989.046) y CENTROS DE BRICOLAGE BricoCentro (nº3.262.623), para servicios de las clases 35, 37 y39 |
Resolución de la División de Oposición: | Estimación de la oposición |
Resolución de la Sala de Recurso: | Anulación de la resolución impugnada y desestimación de la oposición en su totalidad |
Fallo
1) |
| Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 28 de septiembre de 2009 (asunto R1046/2008‑4), en la medida en que estima el recurso interpuesto por Bricocenter Italia Srl ante la Sala de Recurso en relación con los servicios de «publicidad», de «gestión de negocios comerciales» y de «administración comercial», incluidos en la solicitud de marca comunitaria. |
2) |
| Desestimar el recurso en todo lo demás. |
3) |
| ATB Norte, S.L., Bricocenter Italia y la OAMI cargarán cada una con las costas en que hayan incurrido en el procedimiento ante el Tribunal General. |