(Asunto T‑435/10
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑435/10

Fecha: 31-Ago-2011





Auto del Tribunal General (Sala Quinta) de 31 de agosto de 2011 — IEM/Comisión

(Asunto T‑435/10)

«Recurso de anulación — Cuarto Programa Marco para las acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración — Solicitud de reembolso de los anticipos abonados en ejecución de un contrato de financiación de la investigación — Cláusula compromisoria — Escrito por el que se anuncia la emisión de una nota de adeudo — Escrito recordatorio — Actos indisociables del contrato — Inadmisibilidad»

1.Recurso de anulación — Recurso cuyo objeto es en realidad un litigio de naturaleza contractual — Incompetencia del juez de la Unión — Inadmisibilidad (Arts.256TFUE, 263TFUE, 272TFUE y 274TFUE) (véanse los apartados 27 y28)

2.Recurso de anulación — Recurso cuyo objeto es en realidad un litigio de naturaleza contractual — Recalificación del recurso — Exclusión (Arts.263TFUE y 272TFUE) (véase el apartado29)

Objeto

Recurso de anulación, por un lado, del escrito de la Comisión de 7 de mayo de 2010, por el que se comunicaba la emisión de una nota de adeudo para la recuperación de un importe de 105.416,47euros, correspondiente a los anticipos abonados a la demandante por Parthenon AE Oikodomikon — Technikon — Touristikon — Viomichanikon — Emporikon kai Exagogikon Ergasion en ejecución del contrato FAIR-CT98-9544, celebrado en el marco del Cuarto Programa Marco para las acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, y, por otro, del escrito de la Comisión de 14 de julio de 2010, recordatorio del montante principal impagado, reclamado mediante la nota de adeudo nº3.241.004.968.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Condenar en costas a IEM — Erga — Erevnes — Meletes perivallontos kai chorotaxiasAE.

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