Auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 30 de septiembre de 2011 — Quinta do Portal/OAMI
(Asunto C‑541/10P)
«Recurso de casación — Marca comunitaria — Reglamento (CE) nº207/2009 — Artículo 8, apartado 1, letrab) — Marca comunitaria denominativa PORTO ALEGRE — Marca nacional denominativa anterior VISTA ALEGRE — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Declaración de nulidad de la marca»
Recurso de casación — Motivos — Mera repetición de los motivos y alegaciones formulados ante el Tribunal General — No determinación del error de Derecho invocado — Inadmisibilidad [Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.112, ap.1, párr.1, letrac)] (véase el apartado41)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 8 de septiembre de 2010, Quinta do Portal/OAMI — Vallegre (T‑369/09), por la que se desestima el recurso formulado contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 18 de junio de 2009 (asunto R1012/2008‑1), relativa a un procedimiento de nulidad entablado por Vallegre, Vinhos do Porto, S.A., contra Sociedade Quinta do Portal, S.A. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a Quinta do Portal, S.A. |