(Asunto T‑191/11
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑191/11

Fecha: 25-Oct-2012





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 25 de octubre de 2012—
AutomobiliLamborghini/OAMI— Miura Martínez(Miura)

(Asunto T‑191/11)

«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria figurativa Miura— Marcas nacional denominativa e internacional figurativa anteriores MIURA— Derecho de defensa— Derecho a ser oído— Artículo 75 del Reglamento (CE) nº207/2009— Notificación por correo ordinario— Regla 62, apartados 1 y 5, del Reglamento (CE) nº2868/95»

1.Marca comunitaria— Normas de procedimiento— Resoluciones de la Oficina— Respeto del derecho de defensa— Alcance del principio [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.75, segunda frase] (véase el apartado20)

2.Marca comunitaria— Normas de procedimiento— Notificación— Notificación par correo ordinario [Reglamento (CE) nº2868/95 de la Comisión, art.1, regla62, aps.1 a 5] (véanse los apartados 23a36)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 21 de enero de 2011 (asunto R161/2010-4) relativa a un procedimiento de oposición entre Eduardo Miura Martínez y Antonio José Miura Martínez, por una parte, y Automobili Lamborghini Holding SpA, por otra parte.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI), de 21de enero de 2011 (asunto R161/2010‑4).

2)

Condenar en costas a laOAMI.

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