Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 29 de noviembre de 2012 — Reino Unido/Comisión
(Asunto C‑416/11P)
«Recurso de casación — Directiva 92/43/CEE — Conservación de los hábitats naturales — Lista de los lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea — Inclusión en la lista de un lugar a propuesta del Reino de España — Lugar que supuestamente incluye una zona de aguas territoriales británicas de Gibraltar y una zona de alta mar — Recurso de anulación — Acto meramente confirmatorio»
1.Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos efectuada por el Tribunal General — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art. 256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véase el apartado38)
2.Recurso de casación — Motivos — Motivo formulado contra un fundamento de Derecho de la sentencia que no es necesario para justificar el fallo — Motivo inoperante (véase el apartado45)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra el auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 24 de mayo de 2011, Reino Unido/Comisión (T‑115/10), mediante el que dicho Tribunal declaró la inadmisibilidad de un recurso de anulación parcial de la Decisión 2010/45/CE de la Comisión, de 22 de diciembre de 2009, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, una tercera lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea [notificada con el número C(2009)10406], en la medida en que mantiene en la lista el lugar denominado «Estrecho Oriental» (ES6120032), propuesto por España, que según la demandante incluye una zona de aguas territoriales británicas de Gibraltar y una zona de altamar. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. |
3) |
| El Reino de España cargará con sus propias costas. |