(Asunto T‑215/11
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑215/11

Fecha: 27-Nov-2012





Auto del Tribunal General (Sala Primera) de 27 de noviembre de 2012—
ADEDY y otros/Consejo

(Asunto T‑215/11)

«Recurso de anulación— Decisión dirigida a un Estado miembro para poner remedio a una situación de déficit excesivo— Inexistencia de afectación directa— Inadmisibilidad»

1.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Actos que les afectan directa e individualmente— Afectación directa— Criterios— Decisión del Consejo por la que se intima a un Estado miembro a adoptar medidas para poner remedio a una situación de déficit excesivo— Recurso interpuesto por una organización sindical y por los miembros de dicha organización— Inexistencia de afectación directa— Inadmisibilidad [Art.263TFUE, párr.4; Reglamento (CE) nº1467/97 del Consejo, art.5] (véanse los apartados 62 a 67 y 79 a100)

2.Unión Europea— Control jurisdiccional de la legalidad de los actos de las instituciones— Actos que requieren medidas nacionales de aplicación— Posibilidad de que las personas físicas o jurídicas puedan acudir por vía prejudicial para la apreciación de la validez— Obligación de los Estados miembros de establecer las vías de recurso necesarias para garantizar una tutela judicial efectiva— Apertura del recurso de anulación ante el juez de la Unión en caso de inexistencia de vías de recurso ante el órgano jurisdiccional nacional— Exclusión (Art.19TUE, ap.1, párr.2; arts.263TFUE, 267TFUE y 277TFUE) (véanse los apartados 101 a105)

Objeto

Pretensión de anulación de la Decisión 2011/57/UE del Consejo, de 20 de diciembre de 2010, por la que se modifica la Decisión 2010/320/UE dirigida a Grecia con objeto de reforzar y profundizar la supervisión presupuestaria y de formular una advertencia a Grecia a fin de que adopte las medidas para la reducción del déficit, considerada necesaria para poner remedio a la situación de déficit excesivo (DO L26, p.15).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Anotati Dioikisi Enoseon Dimosion Ypallilon (ADEDY) y los Sres.Spyridon Papaspyros e Ilias Iliopoulos cargarán con sus propias costas y con las costas del Consejo de la Unión Europea.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

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