Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 15 de noviembre de 2012—
Verband Deutscher Prädikatsweingüter/OAMI(GG)
(Asunto T‑278/09)
«Marca comunitaria— Solicitud de marca comunitaria colectiva denominativa GG— Motivo de denegación absoluto— Carácter descriptivo— Falta de carácter distintivo— Artículo 7, apartado 1, letrasb) yc), del Reglamento (CE) nº207/2009— Obligación de motivación— Artículo 75 del Reglamento nº207/2009»
1.Marca comunitaria— Normas de procedimiento— Motivación de las resoluciones— Artículo 75, primera frase, del Reglamento (CE) nº207/2009— Alcance idéntico al del artículo 253CE [Art.253CE; Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.75, primera frase] (véase el apartado18)
2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto— Concepto [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 35 y36)
3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto— Marca denominativa GG [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 40a59)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 30 de abril de 2009 (asunto R1568/2008-1) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo GG como marca comunitaria. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a Verband Deutscher PrädikatsweingütereV. |