Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta)
de 19 de diciembre de 2012— Comisión/Irlanda
(Asunto C‑279/11)
«Incumplimiento de Estado— Directiva 85/337/CEE— Evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente— Transposición incorrecta— AnexoII— Punto 1, letrasa) ac)— Sentencia del Tribunal de Justicia— Declaración de la existencia de un incumplimiento— Artículo 260TFUE— Sanciones pecuniarias— Cantidad a tanto alzado— Capacidad de pago del Estado miembro— Crisis económica— Apreciación basada en datos económicos actuales»
1.Recurso por incumplimiento— Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento— Plazo de ejecución— Fecha de referencia para apreciar la existencia del incumplimiento (Art.228CE, ap.2; art.260TFUE, ap.2) (véanse los apartados 18 y19)
2.Recurso por incumplimiento— Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento— Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia— Sanciones pecuniarias— Imposición del pago de una cantidad a tanto alzado— Facultad de apreciación del Tribunal de Justicia— Criterios de apreciación (Art.260TFUE) (véanse los apartados 65 a 67, 70 y72)
3.Estados miembros— Obligaciones— Incumplimiento— Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno— Improcedencia (Art.260TFUE) (véase el apartado71)
4.Recurso por incumplimiento— Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento— Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia— Sanciones pecuniarias— Cantidad a tanto alzado— Determinación del importe— Criterios— Relevancia de las directrices de la Comisión (Art.260TFUE) (véanse los apartados 76 a78)
Objeto
Incumplimiento de Estado— Inejecución de la sentencia del Tribunal de Justicia de 20 de noviembre de 2008, Comisión/Irlanda (C‑66/06), relativa a la infracción de los artículos 2, apartado 1, y 4, apartados 2 a 4, de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (DO L175, p.40; EE15/06, p.9), en su versión modificada por la Directiva 97/11/CE del Consejo, de 3 de marzo de 1997 (DO L73, p.5)— Solicitud de que se impongan una multa coercitiva y una cantidad a tanto alzado. |
Fallo
1) |
| Declarar que Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 260TFUE al no haber adoptado las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia de 20 de noviembre de 2008, Comisión/Irlanda (C‑66/06). |
2) |
| Condenar a Irlanda a abonar a la Comisión Europea, en la cuenta «Recursos propios de la Unión Europea», una cantidad a tanto alzado de 1.500.000euros. |
3) |
| Condenar en costas a Irlanda. |