(Asunto T‑205/11
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑205/11

Fecha: 18-Dic-2012





Auto del Tribunal General (Sala Octava) de 18 de diciembre de 2012—
Alemania/Comisión

(Asunto T‑205/11)

«Recurso de anulación— Ayudas de Estado— Plazo para recurrir— Extemporaneidad— Inadmisibilidad»

1.Recurso de anulación— Plazos— Inicio del cómputo— Fecha de publicación o de notificación— Fecha en que se tiene conocimiento del acto— Carácter extemporáneo del recurso— Impugnación de la fecha de inicio del plazo— Carga de la prueba que recae en el demandante (Art.263TFUE, párr.6; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts.101 y 102, ap.2) (véanse los apartados 13, 14, 19, 49, 51y52)

2.Recurso de anulación— Plazos— Inicio del cómputo— Fecha de notificación de la decisión— Decisión de la Comisión en materia de ayudas de Estado que pone fin al procedimiento formal de examen— Presentación de la decisión a la representación permanente del Estado miembro interesado— Acuse de recibo en forma de sello estampado en el escrito de acompañamiento de la Decisión— Sello sin firma ni rúbrica— Notificación regular que hacer correr el plazo de recurso— Inexistencia de obligación para la Comisión de comprobar la habilitación de la persona que recibe el correo— Falta de pertinencia de las normas de organización internas de la representación permanente [Art.263TFUE, párr.6; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.102, ap.2; Reglamento (CE) nº659/1999 del Consejo, art.7] (véanse los apartados15, 25 y 32 a48)

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión 2011/527/EU de la Comisión, de 26 de enero de 2011, relativa a la ayuda de Estado de Alemania C7/10 (ex CP250/2009 y NN5/10) en concepto de la cláusula de saneamiento prevista por la Ley relativa al impuesto sobre sociedades («KStG, Sanierungsklausel») (DO L235, p.26).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a la República Federal de Alemania.

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