(Asunto T‑461/11
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑461/11

Fecha: 13-Dic-2012





Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 13 de diciembre de 2012—
Natura Selection/OAMI— Ménard (natura)

(Asunto T‑461/11)

«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria figurativa natura— Marca comunitaria denominativa anterior NATURA— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Artículo8, apartado1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009»

1.Marca comunitaria— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Competencia del Tribunal General— Orden conminatoria dirigida a la Oficina— Exclusión [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.65, ap.6] (véase el apartado14)

2.Marca comunitaria— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Competencia del Tribunal General— Control de la legalidad de las resoluciones adoptadas por las Salas de Recurso— Consideración por el Tribunal General de elementos jurídicos y fácticos no alegados previamente ante los órganos de la Oficina— Exclusión [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.135, ap.4; Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.65, ap.2] (véase el apartado16)

3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Criterios [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 22, 23, 25 y56)

4.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marca figurativa natura y marca denominativa NATURA [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 26, 60 y61)

5.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 28, 31 y33)

6.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación— Marca compuesta [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 36, 37, 44, 45, 47y48)

7.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Posibilidad de similitud entre una marca figurativa y una marca denominativa [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado43)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 8 de junio de 2011 (asunto R2454/2010‑2) relativa a un procedimiento de oposición entre Ernest Ménard SA y Natura Selection,S.L.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Natura Selection,S.L.

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