Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 13 de diciembre de 2012—
Grecia/Comisión
(Asunto T‑588/10)
«FEOGA— Sección “Garantía”— Gastos excluidos de la financiación— Cultivos herbáceos— Pasas— Tabaco crudo— Medidas concretas para determinados productos agrícolas en favor de las islas menores del mar Egeo— Carne de ovino y caprino— Condicionalidad— Proporcionalidad»
1.Agricultura— FEOGA— Liquidación de cuentas— No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria— Impugnación por el Estado miembro afectado— Carga de la prueba— Reparto entre la Comisión y el Estado miembro [Reglamento (CE) nº1258/1999 del Consejo] (véanse los apartados 72 a 75, 175, 262, 267, 328, 332, 333, 341 a 344, 398, 410, 415, 441, 459, 465 a 467, 511 a 515, 577 a 581, 585, 602, 611 a 613 y619)
2.Agricultura— FEOGA— Liquidación de cuentas— No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria— Facultad de apreciación de la Comisión— Orientaciones internas relativas a las correcciones financieras— Objetivos— Control jurisdiccional [Reglamento (CEE) nº729/70 del Consejo, en su versión modificada por los Reglamentos (CE) nº1287/95, art.5, ap.2, letrac), nº1258/1999, art.7, ap.4, párr.1, y nº1290/2005, art.31, ap.1] (véanse los apartados 96 a 98 y283)
3.Derecho de la Unión Europea— Principios— Proporcionalidad— Alcance— Decisión relativa a la liquidación de cuentas correspondiente a los gastos financiados por el FEOGA— Infracción— Inexistencia (véanse los apartados 105 y 203 a207)
4.Agricultura— FEOGA— Liquidación de cuentas— No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria— Corrección financiera a tanto alzado determinada por la Comisión con arreglo a las orientaciones internas adoptadas en la materia— Procedencia (véanse los apartados 106 a112)
5.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Decisión relativa a la liquidación de cuentas correspondiente a los gastos financiados por el FEOGA [Art.296TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.41, ap.2, letrac)] (véanse los apartados 120 y 516 a519)
6.Agricultura— Política agrícola común— Financiación por el FEOGA— Concesión de ayudas y de primas— Obligación de los Estados miembros de organizar un sistema eficaz de controles— Incumplimiento— Justificación basada en dificultades prácticas— Improcedencia (véanse los apartados 122 a124)
7.Actos de las instituciones— Reglamentos— Reglamento que establece medidas específicas de control— Inexistencia de facultad de apreciación de los Estados miembros— No ejecución— Justificación— Mayor eficacia de otro sistema de control— Improcedencia (véase el apartado126)
8.Derecho de la Unión Europea— Principios— Protección de la confianza legítima— Requisitos— Garantías concretas dadas por la Administración— Decisión relativa a la liquidación de cuentas correspondiente a los gastos financiados por el FEOGA— Incumplimiento— Inexistencia (véanse los apartados 130 a 136, 246 y247)
9.Agricultura— Política agrícola común— Financiación por el FEOGA— Principios— No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria— Derecho que tiene la Comisión a excluir de la imputación al FEOGA la totalidad de las cantidades abonadas si no se cumplen los requisitos para su pago previstos por la normativa pertinente [Reglamento (CE) nº1290/2005 del Consejo, art.31, aps.1 y 2] (véanse los apartados 181 a 183 y280)
10.Excepción de ilegalidad— Carácter incidental— Impugnación de la legalidad de un Reglamento por un Estado miembro que no ha interpuesto recurso de anulación contra dicho Reglamento dentro del plazo previsto a ese efecto— Procedencia (Arts.263TFUE, párr.5, y 277TFUE) (véase el apartado188)
11.Comisión— Competencias— Competencias de ejecución conferidas por el Consejo— Interpretación amplia— Delegación de la competencia de ejecución a la Comisión en materia agrícola que implica una amplia facultad de apreciación de ésta— Límites de la citada facultad de apreciación (Art.211CE) (véanse los apartados 190 y191)
12.Procedimiento judicial— Obligación del órgano jurisdiccional de ceñirse al litigio tal y como ha quedado delimitado por las partes— Obligación del órgano jurisdiccional de pronunciarse ateniéndose únicamente a las alegaciones formuladas por las partes— Inexistencia (véanse los apartados 211 a214)
13.Derecho de la Unión Europea— Principios— Fuerza mayor— Concepto— Decisión relativa a la liquidación de cuentas correspondiente a los gastos financiados por el FEOGA— Inexistencia de circunstancias excepcionales que justifiquen que se determine que concurre un caso de fuerza mayor (véanse los apartados 218 a226)
14.Agricultura— Política agrícola común— Financiación por el FEOGA— Principios— No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria— Margen de apreciación de la Comisión— Inexistencia (véanse los apartados 294 a297)
15.Recurso de anulación— Sentencia anulatoria— Efectos— Obligación de adoptar medidas de ejecución— Alcance— Consideración tanto de los fundamentos como del fallo de la sentencia— Obligación limitada a lo estrictamente necesario para garantizar la ejecución de la sentencia de anulación— Adopción de nuevo acto basado en los actos preparatorios anteriores válidos— Procedencia— Decisión relativa a la liquidación de cuentas correspondiente a los gastos financiados por el FEOGA— Imposición de una corrección financiera análoga a la impuesta por una decisión previa anulada por una sentencia del Tribunal de Justicia— Conformidad con la sentencia de anulación (Art.266TFUE, ap.1) (véanse los apartados 476 a 482 y 486 a488)
16.Derecho de la Unión Europea— Principios— Observancia de un plazo razonable— Alcance— Decisión relativa a la liquidación de cuentas correspondiente a los gastos financiados por el FEOGA— Incumplimiento— Inexistencia (véanse los apartados 489 a495)
17.Recurso de anulación— Sentencia anulatoria— Efectos— Adopción de medidas de ejecución— Plazo razonable— Criterios de apreciación (véanse los apartados 496 a499)
18.Agricultura— Política agrícola común— Financiación por el FEOGA— Procedimiento de liquidación de cuentas— Obligaciones de la Comisión— Observancia de un plazo razonable— Criterios de apreciación— Incumplimiento— Consecuencias— No demostración de una vulneración de los derechos de la defensa— Falta de incidencia del incumplimiento del plazo razonable sobre la validez del procedimiento (véanse los apartados 500 a 503 y 527 a531)
19.Agricultura— FEOGA— Liquidación de cuentas— No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria— Extrapolación de las constataciones de deficiencias en el sistema de control de un Estado miembro de una región a otras regiones— Procedencia— Requisitos (véanse los apartados 520 a523)
20.Agricultura— FEOGA— Concesión de ayudas y de primas— Obligación de los Estados miembros de organizar un sistema eficaz de controles administrativos y de controles sobre el terreno— Alcance— Sistema de control relativo a la concesión de las primas animales en los sectores de la carne de ovino y caprino— Falta de tenencia adecuada de los registros— Deficiencia estructural que no puede subsanarse mediante un índice elevado de controles sobre el terreno (véanse los apartados 561, 562 y 614 a617)
21.Agricultura— FEOGA— Concesión de ayudas y de primas— Obligación de los Estados miembros de organizar un sistema eficaz de controles administrativos y de controles sobre el terreno— Alcance— Sistema de control relativo a la concesión de las primas animales en los sectores de la carne ovina y caprina— Falta de tenencia adecuada de los registros— Obligación de efectuar el número mínimo de controles sobre el terreno previsto por la normativa de la Unión durante el período de retención [Reglamento (CE) nº2419/2001 de la Comisión, arts.15 y 24, ap.2; Directiva 92/102/CEE, art.4] (véanse los apartados 572 a576)
Objeto
Petición de anulación de la Decisión 2010/668/UE de la Comisión, de 4 de noviembre de 2010, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) (DO L288, p.24), en la parte en que excluye determinados gastos efectuados por la República Helénica. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a la República Helénica. |