Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 2 de febrero de 2012—
Elf Aquitaine/Comisión
(Asunto C‑404/11P)
«Recurso de casación— Reglamento (CE) nº1/2003— Competencia— Práctica colusoria— Mercado del clorato de sodio— Concepto de “empresa”— Presunción de influencia decisiva— Alcance de la presunción— Pruebas insuficientes para destruir la presunción— Multa personal— Competencia jurisdiccional plena»
1.Recurso de casación— Motivos— Necesidad de una crítica precisa de un extremo del razonamiento del Tribunal General [Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.112, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 15, 29, 64, 76, 78 y82)
2.Competencia— Normas de la Unión— Infracciones— Imputación— Sociedad matriz y filiales— Unidad económica— Criterios de apreciación— Presunción de una influencia determinante de la sociedad matriz en las filiales participadas al 100% [Art.101TFUE; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, art.23, ap.2] (véanse los apartados 23, 26, 28, 31, 36, 45 a 47 y57)
3.Recurso de casación— Motivos— Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación— Inadmisibilidad (Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.113, ap.2) (véanse los apartados 33, 64 y72)
4.Competencia— Multas— Importe— Determinación— Carácter disuasorio de la multa— Necesidad de fijar un importe superior al beneficio obtenido con la infracción y de tener en cuenta el poder económico de la empresa [Art.101TFUE; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, art.23; Comunicación de la Comisión 2006/C 210/02, punto30] (véase el apartado86)
5.Recurso de casación— Competencia del Tribunal de Justicia— Revisión, por razones de equidad, de la apreciación realizada por el Tribunal General sobre el importe de la multa impuesta a una empresa— Exclusión [Art.101TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, art.23] (véase el apartado90)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 17 de mayo de 2011, Elf Aquitaine/Comisión (T‑299/08), por la que dicho Tribunal desestimó el recurso de anulación presentado por la recurrente contra la Decisión C(2008)2626final de la Comisión, de 11 de junio de 2008, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81CE y del artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/38.695— Clorato de sodio)— Competencia— Práctica colusoria— Vulneración de los principios de imputabilidad y de proporcionalidad— Interpretación manifiestamente errónea— Vulneración de los derechos de defensa y de los principios de equidad y de igualdad de armas— Obligación de motivación— Ilegalidad de la multa personal. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a Elf AquitaineSA. |