Auto del Tribunal General (Sala Quinta) de 14 de febrero de 2012 —
LignyPesca di Guaiana Francesco y otros/Comisión
(Asunto T‑330/08)
«Recurso de anulación— Reglamento (CE) nº530/2008— Recuperación de la población de atún rojo— Fijación de los TAC para 2008— Acto de alcance general— Inexistencia de afectación individual— Inadmisibilidad»
1.Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Posibilidad de fundamentar en el artículo 263TFUE, párrafo cuarto, un recurso interpuesto antes de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa — Inexistencia (Art.230CE, párr.4; art.263TFUE, párr.4) (véase el apartado16)
2.Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Reglamento por el que se establecen medidas de emergencia que restringen la pesca de atún rojo — Acto de alcance general — Recursos de propietarios de buques autorizados a practicar la pesca de atún rojo — Demandantes que no resultan individualmente afectados — Inadmisibilidad [Art.230CE, párr.4; Reglamento (CE) nº530/2008 de la Comisión] (véanse los apartados 18 a 23 y 27 a30)
3.Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Interpretación contra legem del requisito relativo a la necesidad de resultar individualmente afectadas — Improcedencia (Art.230CE, párr.4; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.47) (véase el apartado32)
4.Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Reglamento por el que se establecen medidas de emergencia que restringen la pesca de atún rojo — Recurso de una asociación profesional que agrupa a todos los armadores activos en el sector de la pesca y de la transformación y comercialización de productos pesqueros — Miembros de la asociación que carecen de legitimación activa — Inadmisibilidad [Art.230CE, párr.4; Reglamento (CE) nº530/2008 de la Comisión] (véanse los apartados 34 y35)
Objeto
Anulación del artículo 1 y del artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) nº530/2008 de la Comisión, de 12 de junio de 2008, por el que se establecen medidas de emergencia aplicables a los atuneros cerqueros que capturan atún rojo en el Océano Atlántico, al este del meridiano 45ºO, y en el Mar Mediterráneo (DO L155, p.9). |
Fallo
1) |
| Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) |
| Ligny Pesca di Guaiana Francesco e C.Snc y los otros seis demandantes cuyos nombres figuran en el anexo cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea. |