(Asuntos acumulados T‑77/10 y T‑87/10
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asuntos acumulados T‑77/10 y T‑87/10

Fecha: 29-Feb-2012





Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 29 de febrero de 2012 —
CertmedicaInternational y Lehning entreprise/OAMI — Lehningentreprise y Certmedica International(L112)

(Asuntos acumulados T‑77/10 y T‑87/10)

«Marca comunitaria— Procedimiento de nulidad— Marca comunitaria denominativa L112— Marca francesa denominativa anterior L.114— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Similitud entre los productos— Similitud entre los signos— Artículo 8, apartado 1, letrab), y artículo 53, apartado 1, letraa), del Reglamento (CE) nº207/2009— Falta de uso efectivo de la marca anterior— Artículo 57, apartados 2 y 3, del Reglamento nº207/2009— Declaración de nulidad parcial»

Marca comunitaria — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, arts.8, ap.1, letrab), y 53, ap.1, letraa)] (véanse los apartados 73, 76 y 106a110)

Objeto

Anulación de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 9 de diciembre de 2009 (asunto R934/2009-2) relativa a un procedimiento de nulidad entre Lehning entreprise y Certmedica InternationalGmbH.

Fallo

1)

En el asunto T‑77/10:

—Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 9 de diciembre de 2009 (asunto R934/2009-2), en la medida en que anula el registro de la marca L112 para los «productos veterinarios».

—Desestimar el recurso en todo lo demás.

—Condenar a Certmedica International GmbH y a la OAMI al pago de sus propias costas.

—Condenar a Lehning entreprise al pago de las costas en que haya incurrido en el marco de su intervención.

2)

En el asunto T‑78/10:

—Desestimar el recurso.

—Condenar a Lehning entreprise al pago de sus propias costas y de las costas en que haya incurrido laOAMI.

—Condenar a Certmedica International al pago de las costas en que haya incurrido en el marco de su intervención.

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