Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 15 de marzo de 2012 — Comisión/Polonia
(Asunto C‑46/11)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 92/43/CEE — Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres — Protección insuficiente de determinadas especies, especialmente de la nutria (Lutra lutra)»
1.Medio ambiente — Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres — Directiva 92/43/CEE — Ejecución por los Estados miembros — Transposición sin actividad normativa — Improcedencia — Transposición a través de prácticas administrativas — Insuficiencia (Art.288TFUE, párr.3; Directiva 92/43/CEE del Consejo) (véanse los apartados 26, 27, 28 y41)
2.Medio ambiente — Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres — Directiva 92/43/CEE — Protección de las especies — Excepciones — Interpretación estricta (Directiva 92/43/CEE del Consejo, arts.12 a16) (véanse los apartados 29, 31 y42)
3.Medio ambiente — Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres — Directiva 92/43/CEE — Protección de las especies — Excepciones — Normativa nacional por la que se autorizan perjuicios a una especie protegida en circunstancias no justificadas por el artículo 16 —Normativa no conforme con el régimen de excepciones amparadas por la Directiva (Directiva 92/43/CEE del Consejo, arts.12 y16) (véase el apartado56)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción del artículo 16, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L206, p.7) — Protección insuficiente de determinadas especies, especialmente de la nutria | (Lutra Lutra). |
Fallo
1) |
| Declarar que la República de Polonia ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, al no transponer correctamente todos los requisitos previstos en dicha disposición para establecer excepciones. |
2) |
| Condenar en costas a la República de Polonia. |