Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 15 de marzo de 2012 — Comisión/Alemania
(Asunto C‑574/10)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 2004/18/CE — Contratos públicos de servicios — Servicios de arquitectura y de ingeniería — Prestaciones de estudio, concepción y supervisión relativos a un proyecto de renovación de un edificio público — Realización del proyecto en varias fases por razones presupuestarias — Valor del contrato»
Aproximación de las legislaciones — Procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios — Directiva 2004/18/CE — Contratos públicos de servicios — Concepto [Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, arts.2, 7, letrab), 9, 20 y 23 a55] (véanse los apartados 37 y 41 a 52 y el fallo)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 2, 9 y 20, en relación con los artículos 23 a 55 de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (DO L134, p.114) — Adjudicación de varios contratos de prestaciones de arquitectura relativos a un mismo proyecto de obra por el ayuntamiento de Niedernhausen a un gabinete de ingeniería sin organizar una licitación pública a escala de la Unión — Escisión de la prestación adjudicada — Determinación del valor normal. |
Fallo
1) |
| Declarar que la República Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2, 9 y 20, en relación con los artículos 23 a 53 de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, debido al hecho de que el municipio de Niedernhausen adjudicó, sin licitación pública llevada a cabo a escala de la Unión Europea, un contrato de servicios de arquitectura relativos a la renovación de un edificio público denominado «Autalhalle», sito en el territorio de dicho municipio, cuyo valor sobrepasaba el umbral fijado en el artículo 7, letrab), de la citada Directiva. |
2) |
| Condenar en costas a la República Federal de Alemania. |