(Asunto C‑134/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑134/12

Fecha: 10-May-2012





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 10 de mayo de 2012—
Corpul Naţional al Poliţiştilor

(Asunto C‑134/12)

«Procedimiento prejudicial— Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales— Validez de una normativa nacional que impone reducciones salariales a varias categorías de funcionarios públicos— Falta de aplicación del Derecho de la Unión— Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia»

1.Cuestiones prejudiciales— Competencia del Tribunal de Justicia— Límites— Solicitud de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión— Normativa nacional que no constituye una medida de aplicación del Derecho de la Unión— Incompetencia del Tribunal de Justicia (Art.267TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.51, ap.1) (véanse los apartados 12 y 13 y elfallo)

2.Cuestiones prejudiciales— Competencia del Tribunal de Justicia— Límites— Solicitud de interpretación del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos— Incompetencia del Tribunal de Justicia para pronunciarse sobre la interpretación de normas de Derecho internacional que vinculan a los Estados miembros fuera de la esfera del Derecho de la Unión (Art.267TFUE) (véanse el apartado 14 y elfallo)

Objeto

Petición de decisión prejudicial— Curtea de Apel Constanţa— Interpretación de los artículos 17, apartado1, 20 y 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Interpretación del artículo 15, apartado 3, del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales— Procedencia de una normativa nacional que impone reducciones salariales a varias categorías de funcionarios públicos— Vulneración del derecho de propiedad y de los principios de igualdad de trato y no discriminación.

Fallo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a la cuestión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Constanţa (Rumanía), mediante resolución de 8 de febrero de2012.

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