Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 22 de mayo de 2012—
Portugal/Comisión
(Asunto T‑345/10)
«FEOGA— Sección “Orientación”— Reducción de una ayuda financiera— Medidas de apoyo a las inversiones en explotaciones agrarias— Eficacia de los controles»
1.Agricultura— Política agrícola común— Financiación por el FEOGA— Decisión relativa a la liquidación de cuentas— Plazo— Incumplimiento— Incidencia sobre la obligación de la Comisión de denegar la financiación de los gastos realizados irregularmente con respecto a las normas comunitarias— Inexistencia [Reglamento (CE) nº1260/1999 del Consejo, arts.38 y 39; Reglamento (CE) nº448/2001 de la Comisión, art.5, ap.3] (véase el apartado32)
2.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Decisión relativa a la liquidación de cuentas correspondiente a los gastos financiados por el FEOGA (Art.296TFUE) (véase el apartado65)
3.Estados miembros— Obligaciones— Obligación de cooperación leal— Aplicación de las normas formales y materiales del Derecho nacional— Requisitos (Art.4TUE, ap.3) (véase el apartado74)
4.Agricultura— FEOGA— Liquidación de cuentas— No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria— Impugnación por el Estado miembro afectado— Carga de la prueba— Reparto entre la Comisión y el Estado miembro (véanse los apartados 75 y109)
5.Recurso de anulación— Acto impugnado— Apreciación de su legalidad— Criterios (Art.263TFUE) (véase el apartado86)
Objeto
Recurso de anulación de la Decisión C(2010)4255 de la Comisión, de 29 de junio de 2010, relativa a la aplicación de correcciones financieras a la ayuda del FEOGA, Sección Orientación, concedida al programa operacional CCI 1999.PT.06.1.PO.007 (Portugal— Programa nacional, Objetivo1), en lo que atañe a la medida «Inversiones en explotaciones agrarias». |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a la República Portuguesa. |