Auto del Tribunal General (Sala Sexta) de 24 de mayo de 2012—
Assaad/Consejo
(Asunto T‑550/11)
«Recurso de anulación— Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas contra Siria— Lista de las personas y entidades a las que se aplican la congelación de fondos y de recursos económicos— Inexistencia de interés en ejercitar la acción»
Recurso de anulación— Interés en ejercitar la acción— Necesidad de un interés existente y efectivo— Recurso contra Reglamentos relativos a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria— Demandante que no es destinatario de los actos impugnados ni individual y/o directamente afectado por ellos— Inadmisibilidad (Art.263TFUE, párr.4) (véanse los apartados 14 a18)
Objeto
Demanda de anulación de la Decisión 2011/273/PESC del Consejo, de 9 de mayo de 2011, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO L121, p.11), del Reglamento (UE) nº442/2011 del Consejo, de 9 de mayo de 2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO L121, p.1), de la Decisión de Ejecución 2011/515/PESC del Consejo, de 23 de agosto de 2011, por la que se aplica la Decisión 2011/273, y del Reglamento de Ejecución (UE) nº843/2011 del Consejo, de 23 de agosto de 2011, por el que se aplica el Reglamento nº442/2011 (DO L218, p.1). |
Fallo
1) |
| Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) |
| El Sr.Nizar Assaad cargará con sus propias costas y con las del Consejo. |