Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 24 de mayo de 2012—
JBFRAK/Consejo
(Asunto T‑555/10)
«Subvenciones— Importaciones de determinado tereftalato de polietileno originario de Irán, Pakistán y los Emiratos Árabes Unidos— Derecho compensatorio definitivo y percepción definitiva del derecho provisional— Artículo 11, apartado 8, artículo 15, apartado 1, y artículo 30, apartado 5, del Reglamento (CE) nº597/2009— Principio de buena administración»
1.Política comercial común— Defensa contra las subvenciones practicadas por Estados terceros— Imposición de un derecho compensatorio definitivo— Error de cálculo como consecuencia de una información errónea facilitada por el exportador principal [Reglamento (CE) nº597/2009 del Consejo, arts.15, ap.1, y 30, ap.1] (véanse los apartados 37 a 42, 65 y66)
2.Política comercial común— Defensa contra las subvenciones practicadas por Estados terceros— Desarrollo de la investigación— Comunicación a las partes afectadas de la información recabada— Observaciones de las partes sobre la información final— Obligación de toma en consideración por la Comisión— Alcance [Reglamento (CE) nº597/2009 del Consejo, art.30, aps.1, 2 y5] (véanse los apartados 68 a87)
3.Política comercial común— Defensa contra las subvenciones practicadas por Estados terceros— Desarrollo de la investigación— Facultades de la Comisión— Límites— Obligación de cooperación de las empresas objeto de una denuncia— Alcance [Reglamento (CE) nº597/2009 del Consejo, arts.11, ap.2, y26] (véase el apartado80)
4.Política comercial común— Defensa contra las subvenciones practicadas por Estados terceros— Desarrollo de la investigación— Obligación de comprobar la exactitud de la información facilitada por las partes interesadas— Alcance [Reglamento (CE) nº597/2009 del Consejo, art.11, ap.8] (véanse los apartados 97 a 101, 104 y105)
5.Derecho de la Unión— Principios— Principio de buena administración— Obligación de diligencia— Procedimiento administrativo— Investigación relativa a las subvenciones practicadas por Estados terceros— Alcance (véanse los apartados 112 y113)
Objeto
Anulación del Reglamento de Ejecución (UE) nº857/2010 del Consejo, de 27 de septiembre de 2010, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional sobre las importaciones de determinado tereftalato de polietileno originario de Irán, Pakistán y los Emiratos Árabes Unidos (DO L254, p.10). |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| JBF RAK LLC cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea. |
3) |
| La Comisión Europea cargará con sus propias costas. |