[Asunto C‑110/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

[Asunto C‑110/12

Fecha: 19-Jul-2012





Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 19 de julio de 2012 — Akhras/Consejo

[Asunto C‑110/12P(R)]

«Recurso de casación — Procedimiento sobre medidas provisionales — Medidas restrictivas contra Siria — Congelación de fondos y de recursos económicos — Demanda de suspensión de la ejecución y de medidas provisionales — Inexistencia de urgencia — Inexistencia de perjuicio grave e irreparable»

1.Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Fumus boni iuris — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable — Carácter acumulativo — Orden en que deben examinarse y modo de verificación — Facultad de apreciación del juez de medidas provisionales (Arts.278TFUE y 279TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.104, ap.2) (véanse los apartados 21 a23)

2.Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Requisitos para su concesión — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable — Demanda de suspensión basada en la disposición que establece la toma en consideración de los efectos de la sentencia de anulación de un reglamento a partir de la desestimación del recurso de casación — Demanda no basada en la inexistencia de dicho perjuicio (Art.278TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.60, párr.2) (véanse los apartados 27 y28)

3.Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véanse los apartados 33 y34)

4.Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Requisitos para su concesión — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable — Carga de la prueba — Perjuicio provocado por medidas dirigidas a la congelación de fondos y de recursos económicos — Elementos que puedan demostrar dicho perjuicio (Art.278TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.104, ap.2) (véanse los apartados 42 a51)

5.Procedimiento sobre medidas provisionales — Requisitos de admisibilidad — Demanda — Requisitos de forma — Exposición de los motivos que justifiquen a primera vista la concesión de las medidas solicitadas (Arts.278TFUE y 279TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.104, ap.2) (véanse los apartados 55 y56)

6.Procedimiento sobre medidas provisionales — Procedimiento — Oportunidad de una comparecencia de las partes — Facultad de apreciación del juez de medidas provisionales (Arts.278TFUE y 279TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General art.105, ap.2) (véanse los apartados 57 a59)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra el auto del Presidente del Tribunal General de 12 de diciembre de 2011, T‑579/11R, Akhras/Consejo, mediante el que dicho Tribunal desestimó la demanda de medidas provisionales y de suspensión de la ejecución de la Decisión 2011/522/PESC del Consejo, de 2 de septiembre de 2011, por la que se modifica la Decisión 2011/273/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO L228, p.16), del Reglamento (UE) nº878/2011 del Consejo, de 2 de septiembre de 2011, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº442/2011 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO L228, p.1), de la Decisión 2011/628/PESC del Consejo, de 23 de septiembre de 2011, por la que se modifica la Decisión 2011/273/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO L247, p.17), y del Reglamento (UE) nº1011/2011 del Consejo, de 13 de octubre de 2011, por el que se modifica el Reglamento nº442/2011 (DO L269, p.18), en la medida en que estos textos se refieren al demandante.

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas al Sr.Akhras.

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