(Asunto T‑135/11
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑135/11

Fecha: 10-Jul-2012





Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 10 de julio de 2012 — Clorox/OAMI —
IndustriasAlen (CLORALEX)

(Asunto T‑135/11)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa CLORALEX — Marcas nacionales denominativas anteriores CLOROX — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los signos — Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009»

1.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Criterios [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 17, 22 y44)

2.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Nivel de atención del público [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado19)

3.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marcas denominativas CLORALEX y CLOROX [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 20, 43y46)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recuso de la OAMI de 16 de diciembre de 2010 (asunto R521/2009-4) relativa a un procedimiento de oposición entre The Clorox Company e Industrias Alen, S.A. deC.V.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 16 de diciembre de 2010 (asunto R521/2009‑4).

2)

La OAMI cargará con sus propias costas y con las costas en que haya incurrido The Clorox Company.

3)

Industrias Alen, S.A. de C.V., cargará con sus propias costas.

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