Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 12 de julio de 2012 — EvropaïkiDynamiki/Frontex
(Asunto T‑476/07)
«Contratos públicos de servicios — Procedimientos de licitación de Frontex — Prestaciones de servicios informáticos — Exclusión de la oferta de un licitador — Recurso de anulación — Admisibilidad — Obligación de motivación — Criterios de adjudicación — Error manifiesto de apreciación — Responsabilidad extracontractual»
1.Presupuesto de la Unión Europea — Reglamento financiero — Disposiciones aplicables a los procedimientos de adjudicación de contratos públicos — Ámbito de aplicación — Contratos públicos adjudicados por los organismos creados por la Unión, con personalidad jurídica y que perciben subvenciones con cargo a dicho presupuesto — Adjudicación de contratos de prestación de servicios de Frontex — Inclusión [Reglamentos del Consejo (CE, Euratom) nº1605/2002, arts.105 y 185, ap.1, y (CE) nº2007/2004, art.32; Reglamento (CE, Euratom) nº2343/2002 de la Comisión, art.74, ap.1; Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art.84; Directiva 89/665/CEE del Consejo, art.6] (véanse los apartados 34 a41)
2.Contratos públicos de la Unión Europea — Celebración de un contrato mediante licitación — Facultad de apreciación de las instituciones — Control jurisdiccional — Límites [Reglamento (CE, Euratom) nº1605/2002 del Consejo; Reglamento (CE, Euratom) nº2342/2002 de la Comisión] (véanse los apartados 46, 47 y112)
3.Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de descartar una oferta en un procedimiento de adjudicación de un contrato público de servicios — Motivación que debe comunicarse al candidato en tiempo útil para permitirle interponer un recurso [Art.253CE; Reglamento (CE, Euratom) nº1605/2002 del Consejo, art.100, ap.2; Reglamento (CE, Euratom) nº2342/2002 de la Comisión, art.149, ap.2] (véanse los apartados 57 a 59, 66, 70, 72 y73)
Objeto
Por una parte, anulación de la decisión de Frontex de excluir la oferta presentada por la demandante en la licitación Frontex/OP/47/2007, para «servicios informáticos, licencias de hardware y de software» (DO 2007/S114-139890), y de adjudicar el contrato a otro licitador y, por otra parte, una pretensión de indemnización por daños y perjuicios. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar a Evropaïki Dynamiki — Proigmena Systimata Tilepikoinonion Pliroforikis kai Tilematikis AE a cargar con sus propias costas, así como con las de la Agencia Europea para la Gestión de la Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores de los Estados miembros de la Unión Europea (Frontex), incluidas las reservadas por el auto del Tribunal General de 28 de octubre de2008. |