Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 6 de septiembre de 2012— Storck/OAMI
(Asunto C‑96/11P)
«Recurso de casación— Marca comunitaria— Motivo de denegación absoluto— Falta de carácter distintivo— Signo tridimensional constituido por la forma de un ratón de chocolate»
1.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivo de denegación absoluto— Marcas carentes de carácter distintivo— Marca tridimensional constituida por la forma del producto— Marca tridimensional que incorpora un elemento figurativo— Carácter distintivo— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.7, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 33 a 35, 38 y39)
2.Marca comunitaria— Resoluciones de la Oficina— Respeto del derecho de defensa— Alcance del principio— Anulación— Requisito [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.73] (véanse los apartados 74 y80)
3.Marca comunitaria— Normas de procedimiento— Motivación de las resoluciones— Objetivo [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.73] (véanse los apartados 86 y88)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 17 de diciembre de 2010, Storck/OAMI (T‑13/09), por la que el Tribunal General desestimó el recurso de anulación contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI, de 12 de noviembre de 2008, que desestimaba el recurso contra la resolución del examinador que deniega el registro como marca comunitaria de un signo tridimensional constituido por la forma de un ratón de chocolate para determinados productos de la clase 30— Carácter distintivo de la marca. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a August StorckKG. |