Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 19 de septiembre de 2012 — TeamBank/OAMI — Fercredit Servizi Finanziari (f@ir Credit)
(Asunto T‑220/11)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa f@ir Credit — Marca comunitaria figurativa anterior FERCREDIT — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009»
1.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Criterios [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 17 a 19, 24, 42 y45)
2.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marcas figurativas f@ir Credit y FERCREDIT [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 21, 23 y43)
3.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación — Marca compuesta — Carácter distintivo escaso del elemento dominante [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado26)
4.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Similitud entre las marcas de que se trata — Descomposición de un signo denominativo en elementos denominativos que tiene un significado concreto [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado38)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 3 de febrero de 2011 (asunto R719/2010‑1) relativo a un procedimiento de oposición entre Fercredit Servizi Finanziari SpA y TeamBank AG Nürnberg. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a TeamBank AG Nürnberg. |