(Asunto C‑301/11
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑301/11

Fecha: 31-Ene-2013





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 31 de enero de 2013—
Comisión/Países Bajos

(Asunto C‑301/11)

«Legislación tributaria— Traslado de la residencia fiscal— Libertad de establecimiento— Artículo 49TFUE— Tributación de las plusvalías no realizadas— Gravamen inmediato a la salida»

1.Libre circulación de personas— Libertad de establecimiento— Restricciones— Legislación tributaria— Traslado de una empresa o del domicilio social o real de una sociedad constituida con arreglo al Derecho nacional a otro Estado miembro— Normativa nacional que establece un gravamen inmediato sobre las plusvalías no realizadas correspondientes a los activos transferidos— Improcedencia (Art.49TFUE) (véanse los apartados15, 17 a 19, 23 y elfallo)

2.Recurso por incumplimiento— Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia— Situación que debe considerarse— Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.258TFUE) (véase el apartado20)

Objeto

Incumplimiento de Estado— Interpretación del artículo 49TFUE— Impuesto a la salida para empresas que dejan de tener su residencia fiscal en los Países Bajos— Tributación de las plusvalías no realizadas de una empresa en caso de cambio de residencia de la empresa, de traslado de su establecimiento permanente o de traspaso de sus activos a otro Estado miembro.

Fallo

1)

Declarar que el Reino de los Países Bajos ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 49TFUE al adoptar y mantener en vigor una normativa nacional que establece la tributación de las plusvalías no realizadas en el momento del traslado de una empresa o del domicilio social o real de una sociedad a otro Estado miembro.

2)

Condenar en costas al Reino de los Países Bajos.

3)

La República Federal de Alemania, el Reino de España, la República Portuguesa, la República de Finlandia, el Reino de Suecia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte cargarán con sus propias costas.

Vista, DOCUMENTO COMPLETO