Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 24 de enero de 2013—
3F/Comisión
(Asunto C‑646/11P)
«Recurso de casación— Ayudas de Estado— Medidas de exención fiscal— Marinos empleados a bordo de los buques inscritos en el registro internacional danés— Artículo 88CE, apartado 3— Fase previa de examen— Decisión de la Comisión de no formular objeciones— Recurso de anulación— Requisitos para la incoación del procedimiento de investigación formal— Existencia de dudas sobre la compatibilidad de la ayuda con el mercado común— Plazo de examen»
1.Ayudas otorgadas por los Estados— Examen por la Comisión— Fase preliminar y fase contradictoria— Compatibilidad de una ayuda con el mercado común— Dificultades serias que pueden suscitar dudas— Obligación de la Comisión de iniciar el procedimiento contradictorio— Carga y extensión de la prueba en el caso de un recurso de anulación contra la decisión deno formular objeciones— La duración del procedimiento previo no puede demostrar que existieran las citadas dificultades [Arts.87CE, ap.1, y 88CE, aps.2 y 3; Reglamento (CE) nº659/1999 del Consejo, arts.4, aps.3 y 4, y 6, ap.1] (véanse los apartados24 a 28, 30 a 32, 47 y54)
2.Recurso de casación— Motivos— Motivo no razonado jurídicamente— Mera repetición de los motivos y alegaciones formulados ante el Tribunal General— No determinación del error de Derecho invocado— Inadmisibilidad [Art.256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.168, ap.1, letrad), y 169, ap.2] (véanse los apartados51, 52 y73)
3.Recurso de casación— Motivos— Motivación insuficiente o contradictoria— Alcance de la obligación de motivación— Motivación implícita del Tribunal General— Procedencia— Requisitos (Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.36 y 53, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.81) (véanse los apartados63, 64 y70)
4.Recurso de casación— Motivos— Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación— Inadmisibilidad (Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.170, ap.1) (véase el apartado71)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 27 de septiembre de 2011, 3F/Comisión (T‑30/03RENV), por la que el Tribunal General desestimó una solicitud de que se anulase la Decisión C(2002)4370final de la Comisión, de 13 de noviembre de 2002, que considera ayudas de Estado compatibles con el mercado común las medidas de exención fiscal aplicables a los marineros a bordo de buques daneses (Asunto C‑319/07P devuelto tras casación). |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a Falles Fagligt Forbund(3F). |
3) |
| El Reino de Dinamarca cargará con sus propias costas. |