(Asunto T‑274/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑274/12

Fecha: 07-Ene-2013





Auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 7 de enero de 2013—
Alfastar Benelux/Consejo

(Asunto T‑274/12)

«Recurso por omisión— Desaparición del objeto del litigio— Sobreseimiento— Recurso de indemnización— Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»

1.Recurso por omisión— Eliminación de la omisión después de la interposición del recurso— Desaparición del objeto del recurso— Sobreseimiento (Art.266TFUE) (véase el apartado16)

2.Responsabilidad extracontractual— Requisitos— Relación de causalidad— Inejecución por parte de una institución de una sentencia de anulación de uno de sus actos— Acto anulado que no produce efectos perjudiciales que justifiquen la condena a una indemnización— Inexistencia de responsabilidad (Art.340TFUE, párr.2) (véanse los apartados 22 a29)

Objeto

Por un lado, un recurso por omisión con el objeto de que se declare que el Consejo ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 266TFUE al no adoptar las medidas necesarias para ejecutar la sentencia del Tribunal General de 20 de octubre de 2011, Alfastar Benelux/Consejo (T‑57/09, no publicada en la Recopilación), y, por otro, un recurso de indemnización con arreglo al artículo 340TFUE.

Fallo

1)

No procede pronunciarse sobre la pretensión, formulada por Alfastar Benelux SA, de que se declare la existencia de una omisión.

2)

Desestimar la pretensión de indemnización formulada por Alfastar Benelux por ser manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno.

3)

Alfastar Benelux cargará con el 50% de sus costas y con el 50% de las costas del Consejo de la Unión Europea. El Consejo cargará con el 50% de sus costas y con el 50% de las costas de Alfastar Benelux.

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