(Asunto T‑283/11
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑283/11

Fecha: 29-Ene-2013





Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 29 de enero de 2013— FonWireless/OAMI— nfon(nfon)

(Asunto T‑283/11)

«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria denominativa nfon— Marca comunitaria figurativa anterior fon y marca nacional denominativa anterior FON— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Similitud entre los signos— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009— Solicitud de modificación»

1.Marca comunitaria— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Modificación de los términos del litigio tal como fue presentado ante la Sala de Recurso— Improcedencia [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.135, ap.4; Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.65, ap.2] (véase el apartado20)

2.Marca comunitaria— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Competencia del Tribunal General— Nuevo examen de los hechos a la luz de pruebas presentadas por primera vez ante él— Exclusión [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.135, ap.4; Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.65] (véase el apartado23)

3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Criterios [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 27, 28, 40 y67)

4.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marca denominativa nfon— Marca figurativa fon y marca denominativa FON [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 31, 39, 62 y70)

5.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado35)

6.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado41)

7.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Escaso carácter distintivo de la marca anterior— Incidencia [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado72)

8.Marca comunitaria— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Facultad del Tribunal General de modificar la resolución impugnada— Límites [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.65, ap.3] (véase el apartado80)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 18 de marzo de 2011 (asunto R1017/2009-4) relativa a un procedimiento de oposición entre Fon Wireless Ltd y nfonAG.

Fallo

1)

Reformar la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 18 de marzo de 2011 (asunto R1017/2009-4) en el sentido de que se desestima el recurso interpuesto por nfon AG ante la Sala de Recurso.

2)

La OAMI cargará con sus propias costas y con las costas de Fon WirelessLtd.

3)

nfon cargará con sus propias costas.

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