(Asunto C‑263/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑263/12

Fecha: 17-Oct-2013





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta)
de 17 de octubre de 2013—

Comisión/Grecia

(Asunto C‑263/12)

«Incumplimiento de Estado— Ayudas de Estado— Decisión de la Comisión que impone la recuperación de una ayuda— No ejecución»

1.Ayudas otorgadas por los Estados— Recuperación de una ayuda ilegal— Obligación— Deber de ejecución inmediata y efectiva de la decisión de la Comisión [Arts.108TFUE, ap.2, y 288TFUE; Reglamento (CE) nº659/1999 del Consejo, art.14, ap.3] (véanse los apartados 24 y25)

2.Ayudas otorgadas por los Estados— Recuperación de una ayuda ilegal— Aplicación del Derecho nacional— Requisitos— Aplicación de un procedimiento que garantice la ejecución inmediata y efectiva de la decisión de la Comisión [Arts.108TFUE, ap.2, párr.2, y 288TFUE; Reglamento (CE) nº659/1999 del Consejo, considerando 13 y art.14, ap.3] (véanse los apartados 25, 26 y42)

3.Recurso por incumplimiento— Incumplimiento de una decisión de la Comisión relativa a una ayuda de Estado— Obligación de recuperar las ayudas otorgadas— Plazo de recuperación— Plazo fijado en la decisión de la Comisión— Solicitud de prórroga relativa a la transmisión de información— Irrelevancia (Arts.108TFUE, ap.2, párr.2, y 288TFUE) (véanse los apartados 31 y32)

4.Recurso por incumplimiento— Incumplimiento de una decisión de la Comisión relativa a una ayuda de Estado— Motivos de defensa— Imposibilidad absoluta de ejecución— Criterios de apreciación— Dificultades de ejecución— Obligación del Estado miembro de realizar gestiones efectivas frente a las empresas en cuestión y de proponer a la Comisión soluciones alternativas que permitan superar tales dificultades— Obligación de la Comisión y del Estado miembro de colaborar en la búsqueda de una solución conforme con el Tratado— Dificultades relativas a la adaptación de la normativa nacional existente sobre los procedimientos de recuperación que no justifica la no ejecución de la decisión de la Comisión (Arts.4TFUE, ap.3, y 108TFUE, ap.2) (véanse los apartados 34 a36)

5.Recurso por incumplimiento— Incumplimiento de una decisión de la Comisión relativa a una ayuda de Estado— No ejecución de la decisión— Obligación del Tribunal de Justicia de examinar un motivo basado en la falta de información de la Comisión sobre las medidas de ejecución— Inexistencia (Art.108TFUE, ap.2) (véase el apartado44)

Objeto

Incumplimiento de Estado— Infracción de los artículos 2, 3 y 4 de la Decisión 2011/452/UE de la Comisión, de 23 de febrero de 2011, relativa a la ayuda estatal C48/08 (ex NN 61/08) otorgada por Grecia a Ellinikos Xrysos AE [notificada con el número C(2011) 1006] (DO L193, p.27)— No adopción de todas las medidas necesarias para la devolución de una ayuda declarada ilegal e incompatible con el mercado común.

Fallo

1)

Declarar que la República Helénica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2 y 3 de la Decisión C(2011)1006 final de la Comisión, de 23 de febrero de 2011, relativa a la ayuda estatal C48/08 (ex NN 61/08) otorgada por Grecia a Ellinikos Xrysos AE, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, todas las medidas necesarias para recuperar de Ellinikos Xrysos AE la ayuda concedida a dicha empresa con ocasión de la venta de bienes inmuebles por parte del Estado griego, ayuda declarada ilícita e incompatible con el mercado común por dicha Decisión.

2)

Condenar en costas a la República Helénica.

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