(Asunto C‑410/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑410/12

Fecha: 16-Oct-2013





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta)
de 16 de octubre de 2013—

medi/OAMI

(Asunto C‑410/12P)

«Recurso de casación— Marca comunitaria— Solicitud de registro de la marca comunitaria denominativa medi— Motivo de denegación absoluto— Falta de carácter distintivo— Artículo 7, apartados 1, letrab), y 2, del Reglamento (CE) nº207/2009— Desnaturalización de las pruebas— Inexistencia»

Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véanse los apartados 24 a26)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 12 de julio de 2012, medi/OAMI (T‑470/09), por la que el Tribunal General desestimó el recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 1 de octubre de 2009 (asunto R692/2008‑4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo «medi» como marca comunitaria— Infracción del artículo 7, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L78, p.1)— Carácter distintivo del signo denominativo «medi».

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a medi GmbH & Co.KG.

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