(Asunto C‑510/11
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑510/11

Fecha: 24-Oct-2013





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima)
de 24 de octubre de 2013—

Kone y otros/Comisión

(Asunto C‑510/11P)

«Recurso de casación— Competencia— Prácticas colusorias— Mercado de la instalación y el mantenimiento de ascensores y escaleras mecánicas— Multas— Comunicación relativa a la dispensa del pago de las multas y la reducción de su importe en casos de cártel— Recurso judicial efectivo»

1.Derecho de la Unión Europea— Principios— Derecho a una tutela judicial efectiva— Consagración en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Control jurisdiccional de las decisiones adoptadas por la Comisión en materia de competencia— Control de legalidad y de plena jurisdicción, tanto de Derecho como de hecho— Violación— Inexistencia [Arts.261TFUE y 263TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.47; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, art.31] (véanse los apartados 20 a 23, 25 y32)

2.Competencia— Multas— Importe— Determinación— Apreciación económica compleja— Margen de apreciación de la Comisión— Control jurisdiccional— Control de legalidad— Alcance [Art.263TFUE; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, art.23, ap.2; Comunicación 2002/C 45/03 de la Comisión, punto 8, letrab)] (véanse los apartados 24, 26 a 31, 42 a 44, 53 a 56 y93)

3.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véanse los apartados 60, 65, 82, 83 y99)

4.Recurso de casación— Motivos— Mera repetición de los motivos y alegaciones formulados ante el Tribunal General— Inadmisibilidad— Impugnación de la interpretación o de la aplicación del Derecho de la Unión efectuada por el Tribunal General— Admisibilidad (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véanse los apartados 61 y62)

5.Recurso de casación— Motivos— Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación— Inadmisibilidad (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véanse los apartados 71 y72)

6.Derecho de la Unión Europea— Principios— Protección de la confianza legítima— Límites (véanse los apartados 76 a78)

7.Competencia— Multas— Importe— Determinación— Reducción de la multa en contrapartida de la cooperación de la empresa inculpada— Requisitos— Valor añadido significativo de las pruebas facilitadas por la empresa implicada— Criterios de apreciación [Art.81CE; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, art.23, ap.2; Comunicación 2002/C 45/03 de la Comisión, puntos 20 a23] (véanse los apartados 84 a 86, 90 y91)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 13 de julio de 2011, Kone y otros/Comisión (T‑151/07), por la que se desestimó un recurso que tenía por objeto la anulación o la reducción de la multa impuesta a las demandantes mediante la Decisión C(2007)512 final de la Comisión, de 21 de febrero de 2007, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 81 del Tratado CE (Asunto COMP/E 1/38.823— PO/Ascensores y escaleras mecánicas), sobre un cártel en el mercado de la instalación y el mantenimiento de ascensores y escaleras mecánicas en Bélgica, Alemania, Luxemburgo y los Países Bajos, consistente en la manipulación de licitaciones, el reparto de mercados, la fijación de precios, la adjudicación de proyectos y sus correspondientes contratos y el intercambio de información.

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar a Kone Oyj, Kone GmbH y Kone BV a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

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