(Asunto C‑371/13
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑371/13

Fecha: 07-Nov-2013





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta)

de 7 de noviembre de 2013—
Schuster & Co Ecologic

(Asunto C‑371/13)

«Procedimiento prejudicial— Artículo53, apartado2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Procedimientos de insolvencia— Efectos del procedimiento de insolvencia sobre el procedimiento en curso— Disposición nacional que establece la suspensión de un procedimiento en caso de inicio de un procedimiento de insolvencia— Decisión de un órgano jurisdiccional nacional que no respeta tal exigencia contra la que no cabe recurso— Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Derecho a la tutela judicial efectiva— Aplicación del Derecho de la Unión— Inexistencia— Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia»

Cuestiones prejudiciales— Competencia del Tribunal de Justicia— Límites— Petición de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión— Objeto de litigio nacional que no presenta ningún elemento de conexión con el Derecho de la Unión— Incompetencia del Tribunal de Justicia [Art.6TUE, ap.1; art.267TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts.47, ap.2, y 51, ap.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.53, ap.2; Reglamento (CE) nº1346/2000 del Consejo, art.15] (véanse los apartados 14 a 16, 18 y20)

Objeto

Petición de decisión prejudicial— Tribunalul Sibiu— Interpretación del artículo 15 del Reglamento (CE) nº1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia (DO L160, p.1) y del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Efectos del procedimiento de insolvencia sobre el procedimiento en curso— Disposición nacional que establece la suspensión de un procedimiento en caso de inicio de un procedimiento de quiebra— Decisión de un órgano jurisdiccional nacional que no respeta tal exigencia contra la que no cabe recurso— Obligación de un órgano jurisdiccional nacional de respetar tal decisión de un órgano jurisdiccional superior.

Fallo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a la cuestión planteada por el Tribunalul Sibiu (Rumanía).

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