Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta)
de 14 de noviembre de 2013—
TeamBank Nürnberg/OAMI
(Asunto C‑524/12P)
«Recurso de casación— Marca comunitaria— Marca figurativa f@ir Credit— Oposición del titular de la marca figurativa comunitaria FERCREDIT— Denegación del registro»
1.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véase el apartado36)
2.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véase el apartado48)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 19 de septiembre de 2012, TeamBank/OAMI— Fercredit Servizi Finanziari (T‑220/11), mediante la que el Tribunal General desestimó el recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 3 de febrero de 2011 (asunto R719/2010‑1) relativa a un procedimiento de oposición entre Fercredit Servizi Finanziari SpA y TeamBank AG Nürnberg— Infracción del artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L78, p.1)— Riesgo de confusión entre un signo figurativo que contiene el elemento denominativo «f@ir Credit» y una marca internacional figurativa anterior que contiene el elemento denominativo «FERCREDIT». |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a TeamBank AG Nürnberg. |