Asunto F‑9/13
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto F‑9/13

Fecha: 08-Nov-2013

AUTO DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DE LA UNIÓN EUROPEA (Sala Primera)

de 8 de noviembre de 2013

Asunto F‑9/13

Luigi Marcuccio

contra

Comisión Europea

«Función pública— Plazo para recurrir— Extemporaneidad— Recurso manifiestamente inadmisible»

Objeto:Recurso interpuesto al amparo del artículo 270TFUE, aplicable al Tratado CEEA en virtud de su artículo 106bis, en el que el Sr.Marcuccio solicita, esencialmente, la anulación de la decisión de la Comisión Europea de proceder a una compensación de deudas entre una deuda de aquél para con ella y una deuda de ésta para conél.

Resultado:Se declara la inadmisibilidad manifiesta del recurso. Se condena al Sr.Marcuccio a cargar con sus propias costas y, además, con las costas en que haya incurrido la Comisión Europea.

Sumario

Recursos de funcionarios— Plazos— Inicio del cómputo— Notificación— Concepto— Decisión desestimatoria de su reclamación dirigida a un funcionario en una lengua que éste domina lo suficiente— Inclusión

(Estatuto de los Funcionarios, art.91, ap.3)

La notificación de una decisión desestimatoria de una reclamación en una lengua que no sea ni la lengua materna del funcionario ni la lengua en la que éste redactó la reclamación es válida, a condición de que el interesado pueda tomar conocimiento de ella adecuadamente.

(véase el apartado24)

Referencia:

Tribunal de Primera Instancia: 7 de febrero de 2001, Bonaiti Brighina/Comisión, T‑118/99, apartados 16 a19

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