(Asunto T‑410/12
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑410/12

Fecha: 28-Nov-2013





Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 28 de noviembre de 2013—

Vitaminaqua/OAMI— Energy Brands (vitaminaqua)

(Asunto T‑410/12)

«Marca comunitaria— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca comunitaria figurativa vitaminaqua— Marcas nacionales denominativas anteriores VITAMINWATER— Marca comunitaria figurativa anterior GLACEAU vitamin water— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009»

1.Marca comunitaria— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Competencia del Tribunal General— Facultad de dictar órdenes conminatorias— Inexistencia [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.65, ap.6] (véase el apartado16)

2.Marca comunitaria— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Competencia del Tribunal General— Modificación de una resolución de la Oficina— Apreciación a la luz de las competencias atribuidas a la Sala de Recurso [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.65, ap.3] (véase el apartado17)

3.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Criterios [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 24, 25 y42)

4.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 26, 27, 46 y73)

5.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marca figurativa vitaminaqua— Marca denominativa VITAMINWATER y marca figurativa GLACEAU vitamin water [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 29, 30, 43, 60, 61, 65 a 70 y 82a84)

6.Marca comunitaria— Definición y adquisición de la marca comunitaria— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Escaso carácter distintivo de la marca anterior— Relevancia [Reglamento (CE) nº207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 37, 39 y52)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 26 de junio de 2012 (asunto R997/2011-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Energy Brands Inc. y Vitaminaqua Ltd.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a VitaminaquaLtd.

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