Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda)
de 5 de diciembre de 2013—
SNIA/Comisión
(Asunto C‑448/11P)
«Recurso de casación— Prácticas colusorias— Mercado europeo del peróxido de hidrógeno y del perborato de sodio— Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81CE— Imputación de la responsabilidad en materia de competencia— Criterio de continuidad económica— Vulneración del derecho de defensa— Obligación de motivación»
1.Competencia— Normas de la Unión— Infracciones— Imputación— Persona jurídica responsable de la explotación de la empresa cuando se cometió la infracción— Desaparición— Desaparición por la absorción por otra empresa— Imputación de la responsabilidad al adquirente— Procedencia (Art.81CE, ap.1) (véanse los apartados 21 a24)
2.Competencia— Procedimiento administrativo— Pliego de cargos— Contenido necesario— Respeto del derecho de defensa— Alcance [Art.81CE; Reglamento (CE) nº1/2003 del Consejo, art.27, ap.1] (véanse los apartados 41 a44)
3.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance (Art.296TFUE) (véase el apartado56)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta ampliada) de 16 de junio de 2011, SNIA/Comisión (T‑194/06), por la que dicho Tribunal desestimó el recurso de anulación parcial de la Decisión C(2006)1766 final de la Comisión, de 3 de mayo de 2006, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 81[CE] y con el artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/F/38.620— Peróxido de hidrógeno y perborato), en la medida en que la Comisión impone en ella con carácter solidario una multa a CaffaroSrl y a SNIASpA— Reglas relativas a la imputabilidad de las prácticas contrarias a la competencia en caso de fusión— Vulneración del derecho de defensa y de la obligación de motivación. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a SNIA SpA, sociedad en régimen de administración extraordinaria. |