Asunto F‑30/13
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto F‑30/13

Fecha: 16-Dic-2013

AUTO DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DE LA UNIÓN EUROPEA (Sala Primera)

de 16 de diciembre de 2013

Asunto F‑30/13

Silvana Roda

contra

Comisión Europea

«Función pública— Pensión de muerte y supervivencia— Fallecimiento de un ex cónyuge— Pensión alimenticia— Procedimiento administrativo previo— Exigencia de reclamación— Extemporaneidad— Inadmisibilidad manifiesta»

Objeto:Recurso interpuesto con arreglo al artículo 270TFUE, aplicable al Tratado CEEA en virtud de su artículo 106bis, por el que la Sra.Roda solicita que se condene a la Comisión Europea a abonarle el 35% del importe de la pensión de jubilación de su ex cónyuge fallecido desde la fecha de fallecimiento de éste, incrementado con intereses sobre los atrasos.

Resultado:Se declara la inadmisibilidad manifiesta del recurso. La Sra.Roda cargará con sus propias costas.

Sumario

Recursos de funcionarios— Reclamación administrativa previa— Plazos— Carácter de orden público— Examen de oficio por parte del órgano jurisdiccional

(Estatuto de los Funcionarios, art.90, ap.2)

El plazo de tres meses establecido en el artículo 90, apartado 2, del Estatuto para presentar una reclamación contra un acto lesivo es de orden público y no puede quedar al arbitrio de las partes ni del juez, en la medida en que tiene como finalidad garantizar la claridad y seguridad de las situaciones jurídicas, así como la certeza del Derecho. En consecuencia, corresponde al juez de la Unión comprobar de oficio si se ha respetado dicho plazo.

(véase el apartado13)

Referencia:

Tribunal de Primera Instancia: 7 de septiembre de 2005, Krahl/Comisión, T‑358/03, apartado 35, y la jurisprudencia citada

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