(Asunto C‑122/11
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑122/11

Fecha: 07-Feb-2013





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 7 de febrero de 2013—
Comisión/Bélgica

(Asunto C‑122/11)

«Incumplimiento de Estado— Reglamento (CE) nº883/2004— Coordinación de los sistemas de seguridad social— Normativa nacional que impide la actualización, durante el período anterior al 1 de agosto de 2004, de las pensiones de los nacionales de un Estado miembro que no haya celebrado un acuerdo de reciprocidad o que no cumplan el requisito de residencia en la Unión Europea— Residencia en un tercer Estado— Vulneración del principio de no discriminación por razón de nacionalidad— Inadmisibilidad»

1.Recurso por incumplimiento— Objeto del litigio— Escrito de interposición del recurso— Exposición coherente y detallada de las imputaciones— Inexistencia— Inadmisibilidad (Art.258TFUE) (véase el apartado35)

2.Recurso por incumplimiento— Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia— Situación que debe considerarse— Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado— Dictamen motivado complementario— Toma en consideración del plazo fijado por éste (Art.258TFUE) (véase el apartado36)

Objeto

Incumplimiento de Estado— Infracción de los artículos 4 y 7 del Reglamento (CE) nº883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (DO L166, p.1; corrección de errores DO L200, p.1) y de los artículos 18TFUE y 45TFUE— Normativa nacional que impide la actualización, durante el período anterior al 1 de agosto de 2004, de las pensiones de los nacionales de un Estado miembro que no haya celebrado un acuerdo de reciprocidad o que no cumplan el requisito de residencia en la Unión Europea— Residencia en un tercer Estado— Vulneración del principio de no discriminación por razón de nacionalidad— Falta de justificaciones.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Condenar en costas a la Comisión Europea.

3)

La República Helénica cargará con sus propias costas.

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