Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 21 de febrero de 2013—
Ajdini
(Asunto C‑312/12)
«Reglamento de Procedimiento— Artículos 53, apartado2, 93, letraa), y 99— Procedimiento prejudicial— Examen de la conformidad de una norma nacional tanto con el Derecho de la Unión como con la Constitución nacional— Normativa nacional que establece el carácter prioritario de un procedimiento incidental de control de constitucionalidad— Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— No aplicación del Derecho de la Unión— Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia»
1.Cuestiones prejudiciales— Sometimiento al Tribunal de Justicia— Competencia de los órganos jurisdiccionales nacionales— Normativa nacional que confiere carácter prioritario a un procedimiento incidental nacional de control de constitucionalidad— Improcedencia— Requisito (Art.267TFUE) (véase el apartado18)
2.Cuestiones prejudiciales— Competencia del Tribunal de Justicia— Límites— Solicitud de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión— Objeto del litigio nacional que carece de elemento alguno de conexión con el Derecho de la Unión— Incompetencia del Tribunal de Justicia (Art 267TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.51, ap.1) (véanse los apartados 21 y22)
3.Controles en las fronteras, asilo e inmigración— Política de inmigración— Estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración— Directiva2003/109/CE— Concesión de un documento de residencia como residente de larga duración— Requisitos (Directiva 2003/109/CE del Consejo) (véase el apartado25)
Objeto
Petición de decisión prejudicial— Tribunal du travail de Huy— Interpretación de los artículos 20, 21 y 26 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y del artículo 234CE— Derechos fundamentales— Principio de no discriminación— Nacional serbio que padece una discapacidad— Admisibilidad de una normativa nacional que excluye a determinadas personas del disfrute de una prestación para discapacitados por razón de su nacionalidad— Persona nacional de un país tercero oficialmente candidato a la adhesión a la Unión Europea— Facultad de un órgano jurisdiccional de remisión de someter el asunto al Tribunal de justicia— Admisibilidad de una normativa nacional que impone al órgano jurisdiccional nacional someter previamente el asunto ante el Tribunal Constitucional. |
Fallo
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas por el tribunal de travail de Huy (Bélgica).