(Asunto C‑465/09
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑465/09

Fecha: 28-Feb-2013





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 28 de febrero de 2013—
Comunidad Autónoma de La Rioja/Diputación Foral de Vizcaya y otros

(Asunto C‑465/09P‑DEP)

«Tasación de costas»

1.Procedimiento judicial— Costas— Tasación— Costas recuperables— Concepto— Gastos indispensables efectuados por las partes— Alcance [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.144, letrab)] (véanse los apartados 21 y22)

2.Procedimiento judicial— Costas— Tasación— Costas recuperables— Criterios que deben tomarse en consideración [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.144, letrab)] (véase el apartado23)

3.Procedimiento judicial— Costas— Tasación— Costas recuperables— Intervención de varios abogados— Inclusión— Requisitos [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.144, letrab)] (véanse los apartados 30 a36)

4.Procedimiento judicial— Costas— Tasación— Costas recuperables— Parte coadyuvante [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.144, letrab)] (véase el apartado35)

Objeto

Solicitud de tasación de las costas a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 9 de junio de 2011, Diputación Foral de Vizcaya y otros/Comisión (C‑465/09P a C‑470/09P).

Fallo

Fijar en 1.178,24euros el importe total de las costas que el Territorio Histórico de Vizcaya— Diputación Foral de Vizcaya, el Territorio Histórico de Álava— Diputación Foral de Álava, el Territorio Histórico de Guipúzcoa— Diputación Foral de Guipúzcoa y la Comunidad Autónoma del País Vasco— Gobierno Vasco deben reembolsar, a partes iguales, a la Comunidad Autónoma de La Rioja.

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